Trámite gratuito.
Esta solicitud puede ser realizada por internet o presencial en la sede y oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos (DGI)
Nota: Para que la compraventa de viviendas o locales comerciales nuevos se encuentre exonerada del impuesto sobre la transferencia de bienes inmuebles, dos ciento (2%), las venta debe darse dentro de los dos (2) años a partir del permiso de ocupación y sea la primera inscripción en el Registro Público.
De no cumplir con la venta de más de diez (10) viviendas o locales comerciales en el año precedente o en el año declarado, la compraventa estará sujeta al pago del tres por ciento (3%), sobre el valor total de la enajenación o valor catastral, cualquiera que sea mayor.
Resolución No. 201-2579 del 3 de mayo del 2017