ES / EN

Registro Especial de Navegación Temporal

Institución: Autoridad Marítima de Panamá

Las naves de servicio internacional destinadas a desguace, viajes de entrega o cualquier otra modalidad de navegación temporal se podrán inscribir bajo un registro especial de hasta tres meses.

¿Qué necesito?
  • Original del instrumento de designación del agente residente, el cual si se emite en el extranjero debe ser presentado debidamente autenticado.

    (Cuando se haga en el Consulado, la Oficina Económica y Comercial de Panamá o en cualquiera otra dependencia autorizada para estos fines por la Autoridad Marítima de Panamá, en el exterior o por medios electrónicos que esta Autoridad apruebe, podrá ser realizada por su propietario o su representante)

  • Original o copia certificada del documento que dé fe del título de propiedad sobre la nave, el cual si se emite en el extranjero deber ser presentado debidamente autenticado

  • Original o copia auténtica del certificado de construcción o de cancelación del registro anterior, debidamente autenticado

  • Cualquier otro documento que la Dirección General de Marina Mercante solicite

Base Legal

Ley 57 de 6 de agosto de 2008, General de Marina Mercante.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Av. Omar Torrijos Herrera, Calle Paseo Andrews, Edificio PanCanal Plaza, Albrook, Ciudad de Panamá.