En caso de tener más de dos (2) años de residencia en la República de Panamá sin haber salido del país, se podrá presentar de la Diracción de Investigación Judicial.
Prueba de afiliación a la Caja de Seguro Social. Pago de nueve cuotas consecutivas a la CSS. Paz y salvo nacional de rentas expedido por la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas. Nota: Los menores de edad quedan extentos.
expedida por un residente permanente o nacional panameño a favor del extranjero, acompañada por copia del carné de residente permanente o cédula de identidad personal cotejados por notario público.
Se exceptúa del pago de los servicios migratorios a los menores de doce (12) años de edad, a las personas con discapacidad profunda (comprobable), a los adultos mayores de ochenta y cinco (85) años, a los que sufren enfermedades terminales (comprobable) y por razones humanitarias.
Se estará informando por redes sociales y medios de comunicación cuándo se dará inicio al trámite; el cual será por citas por medio de la página web por www.migracion.gob.pa.
Los pagos se realizarán en el Banco Nacional de Panamá.
Los costes del trámite serán los siguientes:
Nacionalidades con acuerdo de supresión de visado: B/. 517.00
Nacionalidades sin acuerdo de supresión de visado: B/.1,022.00
Nacionalidades restringidas: B/. 2,102.00
Decreto ejecutivo nro. 169 del 22 de mayo del 2015.
Vía Ricardo J. Alfaro, Panamá Tumba Muerto, Al Lado de 3M
+507 507-1800