Se aplicará lo reglamentado en el Proceso para la obtención del Registro Sanitario a excepción del control previo, el certificado de análisis (salvo cambios en la fórmula cuali-cuantitativa), la monografía del producto, por registrar, los estudios de estabilidad y las especificaciones del producto terminado.
Decreto 178 de 12 de julio de 2001
Calle Gorgas, Edificio #265, planta baja. Dirección Nacional de Farmacia y Drogas, Departamento de Registro Sanitario Corregimiento de Ancón, Distrito de Panamá. Central telefónica: (507)512-9100