Los extranjeros que soliciten este derecho debido a acuerdos o convenios internacionales por razones de carácter humanitario y que no cuenten con su licencia, tendrán que cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento, previa canalización de la documentación con la oficina o institución facultada para el mismo.
Artículo 110 Artículo 111
Oficinas de SERTRACEN, ubicadas en ALBROOK, CALLE DIEGO DOMÍNGUEZ, Edificio # 508, entre Unión FENOSA y Supermercado Rey, al lado de ANAM. Oficinas de SERTRACEN en Auto Depot, Al frente del Crisol, Vía Tocumen. Tel: 315-0000