Solicitar el arrendamiento de fosa, osario o bóveda en el Cementerio Municipal.
En el caso de que se actúe por representación, se deberá aportar copia de la cédula o pasaporte de ambos (quién autoriza y el autorizado), o, en su defecto, rellenar el formulario de Declaración Jurada.
Certificado de defunción original del Registro Civil original y 3 copias más 3 timbres de B/. 1.00 (agregar)
Toda petición que se formule a la Administración Pública para que ésta reconozca o conceda un derecho subjetivo, debe hacerse por escrito y contendrá los siguientes datos: 1. Funcionario u organismo al que se dirige. 2. Nombre y señas particulares de la persona que presenta el escrito, que deben incluir su residencia, oficina o local en que puede ser localizada y, de ser posible, el número del teléfono y de fax respectivo. 3. Lo que se solicita o pretende, indicando: datos del difunto (nombre, edad, domicilio), fecha y hora del enterramiento. 4. Pruebas que se acompañan y las que se aduzcan para ser practicadas, si procede. 5. Lugar, fecha y firma de la persona que presenta el escrito.
Están exentos los servicios que se presten con ocasión de:
Los enterramientos de indigentes, previo informe de Inspección de Tesorería.
Los enterramientos de cadáveres de pobres de solemnidad.
Las inhumaciones que ordene la Autoridad Judicial y que se efectúen en la fosa común.
Interesados:
Cualquier solicitante, que necesite arrendar una fosa, osario o bóveda en el Cementerio Municipal.
Plazo Máximo de Resolución:
Treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud, salvo los supuestos de excepción establecidos en la ley.
Plazo de Presentación:
Con anterioridad a la prestación del servicio solicitado.
Ley No. 38, de 31 de julio de 2000, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Administración, regula el Procedimiento Administrativo General y dicta disposiciones especiales. Ley No. 106, de 8 de octubre de 1973, sobre Régimen Municipal.
Ver dirección en la página del Municipio.