Solicitar el permiso para cambiar el color de un vehículo. El propietario está obligado a inscribirlo en la Sección Nacional del Registro Único de Vehículos Motorizados, en un plazo no superior a 5 días hábiles después de realizada la modificación.
En el caso de que se actúe por representación, se deberá aportar copia de la cédula o pasaporte de ambos (quién autoriza y el autorizado), o, en su defecto, rellenar el formulario de Declaración Jurada.
Nota del Taller indicando: - Marca del Vehículo. - Modelo. - Año. - Número de Placa. - Color Original del Vehículo. - Nuevo Color del Vehículo.
Toda petición que se formule a la Administración Pública para que ésta reconozca o conceda un derecho subjetivo, debe hacerse por escrito y contendrá los siguientes datos: 1. Funcionario u organismo al que se dirige. 2. Nombre y señas particulares de la persona que presenta el escrito, que deben incluir su residencia, oficina o local en que puede ser localizada y, de ser posible, el número del teléfono y de fax respectivo. 3. Lo que se solicita o pretende, indicando: Marca del Vehículo, Modelo, Año, Número de Placa, Color Original del Vehículo y Nuevo Color del Vehículo. 4. Pruebas que se acompañan y las que se aduzcan para ser practicadas, si procede. 5. Lugar, fecha y firma de la persona interesada o representante.
Interesados:
Cualquier persona física o jurídica, que quiera cambiar, alterar o modificar el color del vehículo de su propiedad.Plazo Máximo de Resolución:
Treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud, salvo los supuestos de excepción establecidos en la ley.
Plazo de Presentación:
En cualquier momento, una vez el interesado tenga toda la documentación obligatoria solicitada.
Realizado el cambio de color al vehículo, el plazo máximo para notificarlo al Municipio no debe ser superior a los 5 días hábiles.
Ley No. 38, de 31 de julio de 2000, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Administración, regula el Procedimiento Administrativo General y dicta disposiciones especiales. Ley No. 106, de 8 de octubre de 1973, sobre Régimen Municipal. Decreto Ejecutivo No. 640, de 27 de diciembre de 2006), por el cual se expide el Reglamento de Tránsito Vehicular de la República de Panamá.
Ver dirección en la página del Municipio.