Departamento: Trámites para Empleadores
El empleador debe comunicar el Cese de Operaciones de la empresa a la Caja de Seguro social a mas tardar treinta (30) días calendario después de haber presentado la planilla en cero (0), De no cumplir con esta disposición infringe el Articulo 88 de la Ley 51 Orgánica de la CSS del 27 de Diciembre del 2005.
• Copia de la planilla de declaración de cuotas donde reportaron las liquidaciones de los empleados. • Copia de los desgloses de liquidación con copia de cédula de los empleados.
Articulo 88 de la Ley 51 Orgánica de la CSS del 27 de Diciembre del 2005.
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