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Solicitud de Extensión para Cambio de Categoría Migratoria

Institución: Servicio Nacional de Migración

Departamento: No Residente

¿Qué necesito?
  • Artículo 23. Con fundamento en el artículo 17 del Decreto Ley, el extranjero que ingrese al territorio nacional en calidad de turista podrá solicitar una extensión, hasta por un término de sesenta (60) días, previo concepto del Director General del

  • Artículo 24. Con la solicitud de esta extensión, se presentará copia simple de los documentos que sirvan como prueba para sustentar su petición. De aprobarse la extensión debe adelantar el pago de doscientos cincuenta balboas (B/.250.00) establecid

  • Artículo 25. De presentar la solicitud de permiso con toda la documentación pertinente en tiempo oportuno, se le devolverá el depósito de garantía, caso contrario, no serán devueltos los pagos mencionados en el artículo anterior, los cuales ingres

Base Legal

Ver Decreto Ejecutivo No 320 del 8 de agosto de 2008, que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones, publicada en Gaceta Oficial No 26104

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