Para disponer de los fondos acreditados en su cuenta individual, el afiliado deberá proporcionar la Resolución de Pensión Anticipada de la C.S.S. y completar el Formulario de Pago de Beneficio en cualquiera de las oficinas de la Entidad Registradora Pagadora del SIACAP. Mujeres: 55 años. Hombres: 60 años.
Presentar Documentos originales.
Si desea que se le acredite el pago, debe proporcionar el número de su Cuenta Bancaria.
Sucursales en el interior deben presentar (3) copias.
Leyes y Decretos del SIACAP.
Vía principal Avenida 17 de Abril, Plaza Changuinola Local Nro.10 planta alta.
758-8180