Para disponer de los fondos acreditados en su cuenta individual, el afiliado deberá proporcionar la Resolución que emite la C.S.S. y completar el Formulario de Pago de Beneficio en cualquiera de las oficinas de la Entidad Registradora Pagadora del SIACAP.
Presentar Documentos originales.
Si desea que se le acredite el pago, debe proporcionar el número de su Cuenta Bancaria.
Sucursales en el interior deben presentar (3) copias.
Leyes y Decretos del SIACAP.
Calle décima, Edificio Fiorela. Al lado del Ministerio de Trabajo.
998-1968