Departamento: Residente Permanente
Podrá solicitar este permiso el extranjero que invierta en la Industria Cinematográfica, un monto superior a ciento cincuenta mil balboas (B/.150,000.00).
Si la solicitud incluye dependientes deben cumplirse con los requisitos exigidos para el Permiso de residente temporal por reagrupación familiar.
Los dependientes mayores de edad, de cualquier visa o permiso de las distintas categorías o subcategorías, deberán otorgar poder por sí mismos.
Toda copia que requiera ser presentada para las distintas visas o permisos deberá ser debidamente autenticada como fiel copia de su original por notario público o autoridad competente.
Toda carta de responsabilidad emitida por una persona natural o jurídica (emitida en papel membrete de la empresa), deberá incluir:
Que se compromete a asumir el sustento económico o el pago del salario, según sea el caso;
Que se compromete a asumir los gastos de retorno o repatriación a su país de origen o destino, en caso necesario;
Debe estar acompañada de recibo de servicios públicos, contrato de arrendamiento, reserva de hotel o cualquier otro documento que compruebe el domicilio extranjero durante su estadía en el territorio nacional;
La firma debe estar autenticada por notario público.
Todos los documentos que sean expedidos en el extranjero deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Estar debidamente apostillados o autenticados por la embajada o consulado de Panamá en el país que los expidió y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá
De no existir consulado o embajada panameño en el país que lo emite, se debe acreditar tal situación y proceder a autenticarlo en la embajada o consulado de un país amigo;
Todo documento debe estar en idioma español de lo contrario debe ser traducido por un traductor público autorizado con referencia a la resolución que lo autoriza como traductor en la República de Panamá;
Si hace referencia a moneda extranjera deberá presentar la conversión donde se detalle su equivalente en dólares, emitida por una entidad competente.
Artículo 18, 28, 30 Decreto Ley 3, Artículo 68 al 70, 236 al 243 del Decreto Ejecutivo.
Vía Ricardo J. Alfaro, Tumba Muerto, al lado de 3M. Dirección Telefónica: +507 507-1800