Departamento: Residente Temporal
Podrá solicitar este permiso el extranjero que presente servicios en Centros de Llamadas para Uso Comercial para Exportación (Call Center), se regirá conforme a lo establecido en el Decreto Ejecutivo 97 del 2002.
Fundamento Legal. Artículo 18, 28, 30 Decreto Ley 3, Decreto Ejecutivo 97 del 2002, Ley No 25 de 1992, Artículo 140 al 143, 241 al 248 del Decreto Ejecutivo.
Vía Ricardo J. Alfaro, Tumba Muerto, al lado de 3M. Dirección Telefónica: +507 507-1800