ES / EN

Solicitud de Permisos Temporales por Políticas Especiales en Calidad de Personal Contratado por Sede de Empresas Multinacionales

Institución: Servicio Nacional de Migración

Departamento: Residente Temporal

Podrá solicitar este permiso el extranjero que labore como trabajador de confianza, técnicos o de entrenamientos en sedes de las Empresas Multinacionales y cuyos ingresos provengan de fuente extranjera, al amparo de la Ley 41 del 2007. Los trabajadores que se encuentren amparados bajo este permiso y permanezcan en Panamá sin laborar efectivamente en la Sede de la Empresa Multinacional serán sancionados con multas de hasta cinco mil balboas (B/.5,000.00), sin perjuicio de lo que corresponda a la empresa en caso de no hacer las comunicaciones correspondientes. En estos casos los permisos correspondientes de dicho trabajador serán cancelados automáticamente y este será repatriado a costas de dicha empresa.

¿Qué necesito?
  • Artículo 148. Podrá solicitar este permiso el extranjero que labore como trabajador de confianza, técnicos o de entrenamientos en sedes de las Empresas Multinacionales y cuyos ingresos provengan de fuente extranjera, al amparo d

  • Artículo 149. Para solicitar permiso de personal contratado por sede de empresas multinacionales, el extranjero deberá aportar lo siguiente: Poder y solicitud; Certificación

  • Parágrafo: Los trabajadores que se encuentren amparados bajo este permiso y permanezcan en Panamá sin laborar efectivamente en la Sede de la Empresa Multinacional serán sancionados con multas de hasta cinco mil balboas (B/.5,000

Dirección y Horario de atención
Dirección

Vía Ricardo J. Alfaro, Tumba Muerto, al lado de 3M.   Dirección Telefónica: +507 507-1800