Departamento: Atención al Cliente
Si un prestatario fallece y aún tiene su préstamo activo con el BHN y está cubierto bajo el seguro de vida, la aseguradora cancela el saldo que mantiene de deuda con el Banco Hipotecario Nacional. Los familiares tienen un término de un año para presentar el reclamo una vez haya fallecido la persona al Banco Hipotecario Nacional.
Presentar el Certificado de Defunción en Original (NO COPIA) del Registro Civil habilitado con tres (3) timbres de B/. 1.00 y tres copias del certificado.
Certificado de defunción original del Registro Civil original y 3 copias más 3 timbres de B/. 1.00 (agregar)
Presentar una fotocopia de la cédula del prestatario fallecido y tres (3) copias.
Presentar una fotocopia de la cédula de la persona que hace el reclamo del seguro de vida..
Copia del Recibo de Pago, en caso tal haya pagado por ventanilla.
Certificado de defunción del Hospital. Se requiere adicional, 3 copias.
Asamblea Nacional Ley Nº 123 (De martes 31 de diciembre de 2013) que reorganiza el Banco Hipotecario Nacional. Gaceta Oficial N° 27446-B
Todas las sucursales del BHN a nivel nacional
502-0000