Departamento: Dirección General de Derecho de Autor
La Oficina del Registro del Derecho de Autor y Derechos Conexos, adscrita a la Dirección General de Derecho de Autor, es la encargada de tramitar las solicitudes de inscripción de las obras protegidas, dando fe de la existencia de la obra y del hecho de su divulgación y publicación, y su finalidad es concederle a los titulares del derecho de autor y derechos conexos un medio de prueba y de publicidad a sus derechos.
Al momento de la notificación de la resolución que otorga el registro, deberán aportarse B/.2.00 en timbres para la resolución y B/.4.00 en timbres para la certificación que se expide.
Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor, deberá mencionarse su nombre o razón social, según el caso, aportando el documento mediante el cual adquirió tales derechos (artículo 48 del Decreto 261 de 1995).
Presentar cédula de identidad personal y presentar también una copia.
− En el caso de extranjero, deberá presentar su pasaporte y una copia del mismo. − En el caso de menores de edad, la solicitud deberá ser firmada por el padre responsable, adjuntando el certificado de nacimiento de menor. − En el caso de difuntos, la solicitud deberá ser firmada por el hijo(a)/esposo(a), adjuntando el certificado de defunción, nacimiento o matrimonio, según corresponda. − Los ejemplares deberán entregarse en condiciones adecuadas para su conservación y preservación. − Toda gestión a través de pasantes, deberá ser autorizada por el abogado. − El formulario de inscripción de obras deberá ser llenado e impreso en páginas blancas, tamaño legal, para lo cual se recomienda configurar la impresora en el tamaño requerido.
Formulario de Registro de Obras Musicales y Escénicas (habilitado con B/.4.00 en timbres) debidamente llenado y firmado por el autor o el titular de derechos, a título personal o mediante abogado. En este último caso, el Poder deberá presentado personalmente por el poderdante o estar debidamente notariada la firma del mismo.
Descargar Formulario de Registro de Obras Musicales y Escénicas
En el caso de obras dramáticas, dramático-musicales u otras de naturaleza análoga, se deberá aportar un (1) juego de fotografías de los principales movimientos o escenas, de haberse representado públicamente; o en su caso y a juicio del solicitante, un (1) soporte sonoro o audiovisual que contenga la fijación.
Poder otorgado a abogado, presentado personalmente por el poderdante o estar debidamente notariada la firma del mismo.
Adjuntar el certificado de Registro Público vigente y original, en donde conste la existencia y representación legal.
Al momento de la notificación de la resolución que otorga el registro, deberán aportarse B/.2.00 en timbres para la resolución y B/.4.00 en timbres para la certificación que se expide.
Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor, deberá mencionarse su nombre o razón social, según el caso, aportando el documento mediante el cual adquirió tales derechos (artículo 48 del Decreto 261 de 1995).
− En el caso de extranjero, deberá presentar su pasaporte y una copia del mismo. − En el caso de menores de edad, la solicitud deberá ser firmada por el padre responsable, adjuntando el certificado de nacimiento de menor. − En el caso de difuntos, la solicitud deberá ser firmada por el hijo(a)/esposo(a), adjuntando el certificado de defunción, nacimiento o matrimonio, según corresponda. − Los ejemplares deberán entregarse en condiciones adecuadas para su conservación y preservación. − Toda gestión a través de pasantes, deberá ser autorizada por el abogado. − El formulario de inscripción de obras deberá ser llenado e impreso en páginas blancas, tamaño legal, para lo cual se recomienda configurar la impresora en el tamaño requerido.
Formulario de Registro de Obras Musicales y Escénicas firmado por el Apoderado (habilitado con B/.4.00 en timbres).
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En el caso de obras dramáticas, dramático-musicales u otras de naturaleza análoga, se deberá aportar un (1) juego de fotografías de los principales movimientos o escenas, de haberse representado públicamente; o en su caso y a juicio del solicitante, un (1) soporte sonoro o audiovisual que contenga la fijación.
Formulario de Registro de Obras Musicales y Escénicas (habilitado con B/.4.00 en timbres) debidamente llenado y firmado por el autor o el titular de derechos, a título personal o mediante abogado. En este último caso, el Poder deberá presentado personalmente por el poderdante o estar debidamente notariada la firma del mismo.
Descargar Formulario de Registro de Obras Musicales y Escénicas
Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor, deberá mencionarse su nombre o razón social, según el caso, aportando el documento mediante el cual adquirió tales derechos (artículo 48 del Decreto 261 de 1995).
En el caso de obras dramáticas, dramático-musicales u otras de naturaleza análoga, se deberá aportar un (1) juego de fotografías de los principales movimientos o escenas, de haberse representado públicamente; o en su caso y a juicio del solicitante, un (1) soporte sonoro o audiovisual que contenga la fijación.
Al momento de la notificación de la resolución que otorga el registro, deberán aportarse B/.2.00 en timbres para la resolución y B/.4.00 en timbres para la certificación que se expide.
1) El formulario de solicitud, memoriales, escritos, poderes, declaraciones juradas deben ser en papel simple, tamaño legal (8 ½ x 13), cada hoja habilitado con timbres fiscales por valor de Ocho Balboas (B/.8.00). 2) La documentación debe ser presentada digitalmente en un CD y 6 juegos de copias impresas en su respectivo cartapacio.No se recibirá solicitud alguna que no esté completa en cuanto contenido del formulario, documentación que sustente la misma y, la formalidad requerida, según la calidad del documento que se presente para evaluación. 3) Se podrá realizar las investigaciones necesarias para verificar la información contenida en la solicitud, a través de medios que mejor se estimen convenientes. 4) La Comisión de Licencias SEM se reserva el derecho de solicitar aclaraciones o mayor información a los solicitantes, previa emisión de concepto para el otorgamiento o no de la respectiva licencia. 5) El término de tramitación de dicha solicitud, no será mayor a 30 días hábiles contados a partir de la recepción de la documentación, la cual deberá ser presentada ante la Dirección General de Sedes de Empresas Multinacionales del Ministerio de Comercio e Industrias, ubicada Plaza Edison, Sector El Paical, Pisos 3, en el horario lunes a viernes, de 9:00 a.m. a 4:00 p.m.
http://mici.gob.pa/imagenes/pdf/modelos_solicitud_licencia_sem.rar
Poder otorgado a abogado, presentado personalmente por el poderdante o estar debidamente notariada la firma del mismo.
Formulario de Registro de Obras Musicales y Escénicas (habilitado con B/.4.00 en timbres) debidamente llenado y firmado por el autor o el titular de derechos, a título personal o mediante abogado. En este último caso, el Poder deberá presentado personalmente por el poderdante o estar debidamente notariada la firma del mismo.
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Adjuntar el certificado de Registro Público vigente y original, en donde conste la existencia y representación legal.
Cuando se trate de un titular de derechos patrimoniales diferente al autor, deberá mencionarse su nombre o razón social, según el caso, aportando el documento mediante el cual adquirió tales derechos (artículo 48 del Decreto 261 de 1995).
En el caso de obras dramáticas, dramático-musicales u otras de naturaleza análoga, se deberá aportar un (1) juego de fotografías de los principales movimientos o escenas, de haberse representado públicamente; o en su caso y a juicio del solicitante, un (1) soporte sonoro o audiovisual que contenga la fijación.
Al momento de la notificación de la resolución que otorga el registro, deberán aportarse B/.2.00 en timbres para la resolución y B/.4.00 en timbres para la certificación que se expide.
1) El formulario de solicitud, memoriales, escritos, poderes, declaraciones juradas deben ser en papel simple, tamaño legal (8 ½ x 13), cada hoja habilitado con timbres fiscales por valor de Ocho Balboas (B/.8.00). 2) La documentación debe ser presentada digitalmente en un CD y 6 juegos de copias impresas en su respectivo cartapacio.No se recibirá solicitud alguna que no esté completa en cuanto contenido del formulario, documentación que sustente la misma y, la formalidad requerida, según la calidad del documento que se presente para evaluación. 3) Se podrá realizar las investigaciones necesarias para verificar la información contenida en la solicitud, a través de medios que mejor se estimen convenientes. 4) La Comisión de Licencias SEM se reserva el derecho de solicitar aclaraciones o mayor información a los solicitantes, previa emisión de concepto para el otorgamiento o no de la respectiva licencia. 5) El término de tramitación de dicha solicitud, no será mayor a 30 días hábiles contados a partir de la recepción de la documentación, la cual deberá ser presentada ante la Dirección General de Sedes de Empresas Multinacionales del Ministerio de Comercio e Industrias, ubicada Plaza Edison, Sector El Paical, Pisos 3, en el horario lunes a viernes, de 9:00 a.m. a 4:00 p.m.
http://mici.gob.pa/imagenes/pdf/modelos_solicitud_licencia_sem.rar
− Ley 15 de 8 de agosto de 1994 sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos (Gaceta Oficial 22,598) − Decreto 261 de 3 de octubre de 1995 (Gaceta Oficial 22,907) − Ley 10 de 22 de febrero de 2011 (Gaceta Oficial 26,734-A) − Resuelto 962 de 28 de mayo de 2008 (Gaceta Oficial 26,103)
Ave. Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, 2do. Piso Apartado Postal: 9658 Zona 4, Panamá.
Plaza Edison, Sector el Paical, Pisos 2 y 3
560-0600