Subsidio para fundaciones, patronatos, ONG, que desarrollen proyectos para poblaciones en riesgo social.
De haber reformas, presentar copia autenticada de la escritura pública donde se protocolizaron las mismas y añadir dos requisitos más: - Las casas hogares para adultos mayores, deben presentar una copia autenticada de la resolución emitida por el Ministerio de Desarrollo Social, la cual autoriza la apertura del centro. - Las casas hogares para infantes, niños, niñas y adolescentes, deberán presentar la copia autenticada de la Autorización para establecer la apertura de un albergue, emitida por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF).
- Programa a desarrollar. - Perfil de la Población beneficiada. - Presupuesto. - Ubicación del Proyecto. - Fotos.
De haber reformas, presentar copia autenticada de la escritura pública donde se protocolizaron las mismas y añadir dos requisitos más: - Las casas hogares para adultos mayores, deben presentar una copia autenticada de la resolución emitida por el Ministerio de Desarrollo Social, la cual autoriza la apertura del centro. - Las casas hogares para infantes, niños, niñas y adolescentes, deberán presentar la copia autenticada de la Autorización para establecer la apertura de un albergue, emitida por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF).
- Programa a desarrollar. - Perfil de la Población beneficiada. - Presupuesto. - Ubicación del Proyecto. - Fotos.
Decreto No. 3 del 8 de marzo del 2016.