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Subrogación de Contratos de Arrendamientos

Institución: Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial

Departamento: Departamento de Recursos y Normas

Este servicio consiste en la subrogación en todos los derechos y obligaciones que se hace al cónyuge, hijos o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad que habiten con el arrendatario, en caso de muerte de este o cuando por causa justificada este se mude del inmueble, sin necesidad de celebrar un nuevo contrato de arrendamiento

¿Qué necesito?
  • Poder Legal.

    Este poder legal es realizado por un abogado.

  • Copia del contrato de arrendamiento

  • Documento que certifique la dependencia del solicitante (Constancia de parentesco, Constancia de matrimonio o Certificado de nacimiento)

  • Cualquiera otra prueba

  • Pruebas de que la persona habita en el inmueble

Dirección y Horario de atención
Dirección

Bethania, Vía Ricardo J. Alfaro (Tumba Muerto), Edificio Plaza Edison, Piso 4.