Este Servicio tiene como propósito, suministrar a los médicos, una libreta que constan de 25 recetas amarillas para que estos profesionales puedan prescribir medicamentos con contenido de estupefacientes.
Nota:
El médico debe devolver a la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas, los talonarios de libretas usadas.
Fundamentado por la Ley #1 del 10 de enero de 2001.
Calle Gorgas, edificio #253, 1er. piso,Departamento de Sustancias Controladas Corregimiento de Ancón, distrito de Panamá.