Departamento: Dirección Nacional de Información Catastral y Avalúo
Avalúo de Demolición es la Declaración que hace el contribuyente a fin de que la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI) reconozca la demolición total o parcial, así como la construcción de nuevas mejoras sobre los terrenos, mediante una inspección al área solicitada.
Certificación original de la existencia y vigencia de la persona jurídica expedida por el Registro Público, donde conste presidente, directores, dignatarios, representante legal y duración. Dicha certificación debe estar dentro de la vigencia de 90 días.
Si el poder es presentado personalmente por el poderdante en el Centro de Atención al Usuario o en la Oficina Regional respectiva, no requiere autenticación ante Notario Público, de lo contrario, deberá estar notariado.
En el memorial que se presente debe constar el nombre del solicitante, generales, ubicación, descripción exacta del área solicitada (superficie, medidas, linderos) y uso dado (residencial, habitacional, turístico, agropecuario, comercial o productivo). También tendrá la opción de presentarlo a través de un abogado. En este caso, la firma del peticionario debe constar en el poder, debidamente autenticada por Notario Público, excepto que sea presentado personalmente por el poderdante.
Solicitud dirigida a la ANATI, en papel Bond blanco 8 1/2 x 13 o x 14, a doble espacio, en el que conste el nombre del solicitante, sus generales, descripción exacta de lo solicitado y ubicación.
Copia del plano de las demoliciones y/o de las nuevas mejoras debidamente aprobado por las autoridades respectivas y croquis de la ubicación exacta de la propiedad.
Debe señalar el porcentaje (____%) proporcional correspondiente a cada una, según sea el caso, y a los rangos establecidos en la tabla vigente reglamentada por la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales.
Copia de: Escritura Pública en que conste el título de propiedad. Permiso de Demolición de la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bombero. Permiso de Obras y Construcciones expedido por la Dirección de Ingeniería de Municipio respectivo. Documento referente al uso o destino, para el caso de nuevas mejoras.
Debe apreciarse en las fotos las condiciones previas y posteriores de los trabajos en mención.
Compete a la Dirección Nacional de Información Catastral y Avalúo administrar estos expedientes. Dentro de esta corresponde al Departamento de Análisis y Avalúos, a la oficina legal, al despacho del Director Nacional y al Departamento de Conservación Catastral.
Costos:
Los Costos de estos trámites se limitan a los servicios de inspección, cuyo costo es de B/. 100.00.
En tal sentido el beneficiario no tiene que brindar ningún tipo de remuneración o efectuar ningún pago a funcionario por los trámites, pues ello constituiría forma de corrupción de servidor público.
Resolución N° 210 de 6 abril de 2005, del Ministro de Economía y Finanzas, "Por la cual se Reglamentan las Declaraciones de Demolición y/o Nuevas Mejoras".
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