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Traspaso no efectuado por el contribuyente durante el término correspondiente

Institución: Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre

Departamento: Registro Único Vehicular Motorizados

Realizar el traspaso vehicular cumpliendo con los requisitos de la Dirección de Registro Único Vehicular Motorizado en la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre de la República de Panamá.

Observación


Este tipo de trámite se realiza cuando el usuario ha efectuado el traspaso en el Municipio y luego de un año o más se hace el traspaso en el Registro Único Vehicular Motorizado (R.U.V.M.)

Todas las copias de los documentos, deben ser cotejadas contra el original. Si la presentación del trámite junto con los requisitos se hace a través de un tramitador, debe presentar nota de autorización por parte del propietario del vehículo y/o del representante legal de empresa o agencia que representa, según corresponda. Además debe aportar fotocopia de la cédula de identidad personal o certificación de firmas autorizadas.

Base Legal

Resolución AL-06 de 12 de enero de 2016. Gaceta Oficial No. 27958-A, jueves 28 de enero de 2016