ES / EN

Urbanizaciones y Parcelaciones en Etapa de Anteproyecto

Institución: Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial

Departamento: Dirección Nacional de Ventanilla Única

Proceso de Revisión de Urbanizaciones y Parcelaciones en Etapa de Anteproyecto. Para someter a revisión técnica por parte del MIVIOT, la propuesta de lotificación y demás especificaciones, de una urbanización o parcelación en etapa de anteproyecto. Simultáneamente someter también a revisión técnica de las Instituciones especializadas que conforman la Dirección Nacional de Ventanilla Única, a saber, MOP, MIAMBIENTE, IDAAN y MINSA.

¿Qué necesito?
  • Certificado Original del Registro Público donde conste la existencia de la propiedad, datos de la propiedad a urbanizar (número de finca, tomo/rollo, folio/documento)

    valor de colindantes con sus datos catastrales, linderos y medidas, superficie, propietario o representante legal de la finca y gravámenes que tenga la propiedad, de pertenecer a alguna sociedad, presentar certificación de la misma.

  • Solicitud formal en papel 8 1/2 X 13", dirigido al Director(a) Nacional de Ventanilla Única del Ministerio de Vivienda,

    sometiendo el proyecto de urbanización a la revisión de anteproyecto. La solicitud debe venir con sello y firma del arquitecto(a) y del propietario(a) o representante legal y No. de cedula.

  • Presentar el Formulario de Solicitud de Anteproyecto de Urbanización,

    con la información solicitada (el formulario (cartón) está disponible en la Dirección Nacional de Ventanilla Única).

  • Memoria explicativa del proyecto, según el artículo 52 del Reglamento Nacional de Urbanizaciones

    y la Guía Técnica disponible en la Dirección Nacional de Ventanilla Única. Ver Anexo 2.

  • Presentar Plano Catastral del polígono a desarrollar, donde se aprecie su acceso legal y la servidumbre vial aprobada.

  • Presentar certificación de SINAPROC, que indique que el polígono a desarrollar no es propensa a inundaciones o deslizamiento de tierra.

  • Presentar ocho (8) copias de la lotificación propuesta, si es en los distritos de Panamá y San Miguelito o nueve (9) copias,

    si es en cualquier otro distrito, con la información básica (son seis (6) copias para la tramitación de Ventanilla Única, una (1) copia para enviar al Municipio respectivo, una (1) copia para el interesado y una (1) copia para la egional del MIVI, una vez se apruebe el Anteproyecto).

  • Carta de Bono Solidario cuando dispone de Sello Expedito

    (Solo proyectos de Interés Social).

  • Carta de Bono Solidario cuando dispone de Sello Expedito. (Solo proyectos de Interés Social. Para acogerse al programa Fondo Solidario de Vivienda (FSV), para proyectos de vivienda de interés social,

    el promotor o inversionista deberá solicitar primero visto bueno en la Dirección de Promoción de la Inversión Privada (DPIP) del MIVIOT).

  • Memoria explicativa del proyecto.

  • Plano Catastral

  • Plano de Lotificación

  • Certificado de Registro Público.

  • Resolución de la Norma de Uso de Suelo que le fue otorgada por el MIVIOT para este proyecto.

  • Certificación de SINAPROC.

  • Carta de Bono Solidario cuando dispone de Sello Expedito

    (Solo proyectos de Interés Social).

  • Otros Documentos Requeridos.

Observación

1. Los planos de urbanización y parcelación que se presenten en cualquiera de las etapas de tramitación, deberán contar con una franja o espacio libre de 10 cm de ancho para colocar los sellos y anotaciones que sean necesarias por parte de todas las instituciones que revisan.

2. La información básica que debe contener el plano de anteproyecto es la siguiente:

• Nombre del proyecto de urbanización. (Este no debe repetirse en un mismo corregimiento).

• Datos catastrales de la propiedad (número de finca, tomo/rollo, folio/documento y superficie).

3. La ubicación de las áreas de esparcimiento (parques y áreas recreativas) deberán estar ubicadas en el lugar más céntrico posible del proyecto (Artículo 41 del Reglamento Nacional de Urbanizaciones).

4. La dotación de la infraestructura social (equipamiento comunitario) dependerá de la magnitud del proyecto y de los requerimientos de las instituciones.

5. En caso de que el proyecto se desarrolle por etapas, el urbanizador deberá presentar el diseño de calles para toda la urbanización, así como el uso del suelo generalizado (artículo 19).

6. Para mayores detalles se deberá consultar el Reglamento Nacional de Urbanizaciones, aprobado mediante Decreto Ejecutivo No. 36 del 31 de agosto de 1998, publicado en Gaceta Oficial No. 23, 627 del 10 de septiembre de 1998.

7. Toda reaprobación de anteproyecto anulará lo anteriormente tramitado y deberá realizarse el proyecto nuevamente.

 

Requisitos a presentar en el trámite Urbanizaciones y Parcelaciones en Etapa de Construcción (bajar los documentos respectivos en los enlaces)

Requisitos INSTITUTO DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS NACIONALES (IDAAN)

Requisitos MINISTERIO DEL AMBIENTE (MI AMBIENTE)

Requisitos MINISTERIO DE  SALUD (MINSA)

Requisitos MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS (MOP)

Base Legal

Ley 6 de 01 – 02 – 06 (Ley de Urbanismo) Decreto 36 de 31 – 08 – 98 Decreto Ejecutivo 1 de 1-02-06 Decreto Ejecutivo 23 de 16-05-07 (Reglamenta Ley 6 de 2006) Decreto Ejecutivo No. 301 de 27 de Octubre de 2011 Resolución No. 28-2003 de 21-02-03 Calles Privadas Resolución No. 4-2009 de 20-01-09 Procedimiento y requisitos desarrollo urbano.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Avenida Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison 4to Piso