Departamento: Dirección de Bienes Patrimoniales
Este servicio tiene como propósito la compra-venta por persona natural o jurídica de un bien inmueble propiedad de La Nación.
Que el terreno sea adjudicable (no sea finca privada, área protegida, territorio indígena, manglar, servidumbre, estero, zona costera, territorio insular y similar) Que no exista oposición o el mismo haya sido resuelto por la autoridad competente. Que esté dedicado a la actividad agraria, forestal o a la vivienda rural. Que no esté reservado para un proyecto de desarrollo gubernamental o de utilidad pública o interés social. Que ninguna de dichas personas posea tierras, o que las que posea cumplan con la función social.
En el memorial que se presente debe constar el nombre del solicitante, generales, ubicación, descripción exacta del área solicitada (superficie, medidas, linderos) y uso dado (residencial, habitacional, turístico, agropecuario, comercial o productivo). También tendrá la opción de presentarlo a través de un abogado. En este caso, la firma del peticionario debe constar en el poder, debidamente autenticada por Notario Público, excepto que sea presentado personalmente por el poderdante.
Información Propietario, número de finca, tomo, folio, mejoras, valor del terreno, valor de mejoras inscrito, superficie, medidas y linderos y si está libre de gravámenes.
En papel blanco bond, 8 1/2x13 o 14, a doble espacio, en el que conste el nombre del solicitante, generales, número de finca, ubicación y descripción exacta del área solicitada.
De ser procedente de acuerdo a las reglas establecidas en el Artículo 9 de este Decreto, en caso de que el área solicitada excede las cinco (5) hectáreas, el peticionario deberá de marcar en el plano, el globo de terreno que desea que se le adjudique a título gratuito y el globo que desea adquirir a título oneroso.
Debe constar propietario,medidas,linderos,superficie y gravámenes(vigente 90 días): a)Si el área solicitada es colidante de una finca de propiedad del solicitante. b)Si el área solicitada es una finca constituida propiedad de La Nación.
De Areas Urbanas a los Municipios:Según presupuesto que se elabore.
Costo:
Inpección Ocular a parcelas del Estado: B/10.00.
Valor del Bien: De acuerdo a avalúos del Ministerio de Economía y Finanzas y la Contraloría General de la República.
Manejo de Documentos: 5% del valor del bien.
Timbres Fiscales: Según Ley.
Artículo 28 del Código Fiscal y Ley 22 de 27 de junio de 2006, artículo 49.
P.H. Dorado Mall, Piso 2 El Dorado, Panamá
Dirección de Bienes Patrimoniales PH Republic, Vía España (diagonal a la Iglesia del Carmen)