El personal extranjero y de sus dependientes gestionarán, a través de la Secretaria Técnica, la Visa de Personal Permanente de Sedes de Empresa Multinacional o de Dependiente de Personal Permanente de Sede de Empresa Multinacional. La documentación referente a este tipo de visa, deberá ser presentada ante la Secretaria Técnica, quien será la encargada de verificar su contenido, para luego remitirla al Servicio Nacional de Migración.
Esta carta tiene que mencionar los siguientes detalles: I. Nombre del empleado y sus generales. II. Puesto o cargo que se le designó. (en idioma español) III. Tiempo por la cual fue contratado. IV. Funciones que va a realizar. V. Salario. VI. Fuente donde proviene su salario, sea local o extranjera. VII. Señalar el seguro a que pertenecerá el personal y dependientes. VIII. La empresa haciéndose responsable de la repatriación en caso de ser necesario.
Certificación expedida por la Secretaría Técnica de la Comisión de Licencias de Sede de Empresas Multinacionales, en la cual se acredite: a. Que el solicitante ha presentado constancia de seguro médico individual o colectivo. b. Que la empresa se encuentra autorizada bajo el régimen especial establecido en la Ley 41 de 2007.
1) La solicitud y documentación adjunta debe ser presentada en original y un (1) juego de copia. 2) Las hojas timbradas deben ser en tamaño 8 ½ x 13. 3) Todos documento procedente del extranjero debe presentarse debidamente apostillados o autenticados. 4) Toda documentación en un idioma distinto al español debe ser traducido por un Traductor Público Autorizado con referencia a la Resolución que lo autoriza como traductor en la República de Panamá. 5) Si hace referencia a moneda extranjera deberá presentarse la conversión donde se detalle su equivalente en dólares, emitida por el Banco Nacional de Panamá. 6) Los pasaportes deberán tener una vigencia mínima de tres (3) meses. 7) Todas las solicitudes de visas, renuncias y desistimientos de Visas SEM, deben ser presentadas en la Dirección General de Sedes de Empresas Multinacionales del Ministerio de Comercio e Industrias, ubicada en Plaza Edison, Sector El Paical, Pisos 3, en el horario lunes a viernes, de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. 8) El término de tramitación de dicha solicitud, no será mayor a 5 días hábiles contados a partir de la recepción de la documentación. 9) Las renuncias y desistimientos de otros tipos de visas deben ser presentadas previamente a la solicitud de la Visa SEM, en las Oficinas del Servicio Nacional de Migración, ubicadas en la Ave. Ricardo J. Alfaro.
La ley 41 de 24 de agosto de 2007, Decreto Ejecutivo No.320 de 8 agosto de 2008 modificado por el Decreto Ejecutivo No. 26 del 2 de marzo de 2009, Decreto Ejecutivo No. 28 de 27 de marzo de 2009, Decreto Ejecutivo No. 96 del 27 de julio de 2009, Decreto Ejecutivo 291 de 27 de julio de 2009.
Ave. Ricardo J. Alfaro, Plaza Edison, 2do. Piso Apartado Postal: 9658 Zona 4, Panamá.