Esta modificación al Proyecto de Ley 86 “Que modifica y adiciona artículos a la Ley 83 de 9 de noviembre de 2012, que regula el uso de medios electrónicos para los trámites gubernamentales y dicta otras disposiciones”, forma parte de las 125 acciones prioritarias del Presidente de la República, Laurentino Cortizo, específicamente en la acción prioritaria N°4 Panamá Digital, la cual busca reducir significativamente la tramitología excesiva en los procesos gubernamentales.
El Proyecto de Ley 86, se encuentra en segundo debate en la Asamblea Nacional y tiene como objetivo general, elevar la obligatoriedad de las disposiciones contenidas en la Ley 83 de 2012, reforzar los mecanismos para el establecimiento y seguimiento de las metas establecidas en la Agenda Digital de cada Institución, alineando todas las iniciativas con la Agenda Digital establecida por la AIG, quien es la Autoridad competente en materia de tecnología e innovación gubernamental.
Los esfuerzos gubernamentales en materia de adaptación digital de las instituciones públicas, incluyen el establecimiento de proyectos de digitalización de trámites, acompañados de un plan de simplificación administrativa, enfocado en el ciudadano.
Este proyecto de Ley además contiene, previsiones en materia presupuestaria para el cumplimiento de la Agenda Digital, la supresión obligatoria de requisitos de documentación física o presentación presencial de documentos en los casos donde se encuentren habilitados medios digitales para estos fines, el establecimiento de penalizaciones en caso de incumplimiento o negligencia por parte de funcionarios públicos.
La AIG, propone ampliar el alcance y robustecer la fiscalización del proceso de adaptación digital del Estado, con miras a mejorar la implementación de soluciones a corto, mediano y largo plazo y el logro de metas plasmadas en su Agenda Digital.
Por otra parte, se adiciona al contenido del proyecto de Ley 86, el establecimiento de un portal único, donde el ciudadano pueda acceder de forma rápida y segura, a todos los trámites que requiera realizar con el Estado, en este sentido es importante destacar que el proyecto de Ley contiene temas novedosos en la administración pública de nuestro país, como por ejemplo el establecimiento de una identidad digital, una billetera digital estatal, actualización del mecanismo de pagos en línea para los trámites gubernamentales y un sistema de gestión documental.
Todos los usuarios de los servicios estatales podrán acceder a los mismos a través del portal web www.panamadigital.gob.pa, garantizando a las entidades públicas un enlace que guíe a los usuarios a dicha página web. Todo trámite gubernamental en línea, sus requisitos y la posibilidad de pagarlo se incluirá en este Portal Único del Ciudadano.
El sistema de gestión documental estandarizado para el sector público, permitirá el intercambio seguro de documentación de forma electrónica, disminuyendo el consumo de papel y la burocracia, permitiendo el intercambio ágil de documentación entre entidades gubernamentales.
Se fortalecerá la simplificación administrativa en las instituciones públicas, las cuales deberán elaborar anualmente un plan de simplificación y automatización progresiva de los trámites y procesos administrativos vinculados a los usuarios, el cual deberá ser aprobado por la AIG para su publicación en el portal oficial www.panamadigital.gob.pa.
Con respecto al tema presupuestario, las entidades tendrán la obligación de incluir dentro de su presupuesto, los fondos necesarios para el cumplimiento de su Agenda Digital y los proyectos de innovación que se establezcan; y el Ministerio de Economía y Finanzas deberá facilitar el acceso a dichos fondos y/o financiamiento para tal propósito.
El proyecto de Ley 86, adiciona sanciones a los servidores públicos, en caso que se identifique el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley.
La AIG propone como un paso importante para la transformación digital del Estado, incluir en el proyecto de Ley 86 la prohibición de establecer requisitos que impidan la realización de trámites por medios electrónicos, además de la exigencia de trámites presenciales, en los casos en que exista o pueda darse una alternativa electrónica.
AIG
06/03/2020 9:30:00